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Cédula de habitabilidad: dónde se exige, cuándo se pide y cuánto dura

La cédula de habitabilidad certifica que una vivienda reúne las condiciones mínimas para vivir en ella. No es un documento estatal: solo la exigen algunas comunidades, y en una casa nueva muchas la sustituyen por la licencia o la declaración responsable de primera ocupación.

GGGonzalo GutiérrezActualizado 4 min de lectura8 fuentes

La cédula de habitabilidad no está regulada por una norma estatal única: depende de cada comunidad autónoma. Algunas la exigen para ocupar una vivienda, para venderla o alquilarla y para contratar suministros; otras la han sustituido por la licencia o la declaración responsable de primera ocupación. Antes de nada, mira en qué punto del proceso estás con trámites para construir una casa.

Primera ocupación y segunda ocupación

  • Primera ocupación: vivienda de nueva construcción. En Cataluña también distingue la “primera ocupación de rehabilitación”: la vivienda resultante de una rehabilitación o gran rehabilitación.
  • Segunda ocupación: vivienda preexistente (en Cataluña, art. 8.2 del Decreto 141/2012). Las comunidades que mantienen la cédula suelen exigirla en las segundas y siguientes ocupaciones.

Comunidades donde existe, con su norma

La tabla recoge las comunidades que hemos podido contrastar con su norma. No es una lista cerrada: si la tuya no aparece, consulta su normativa de vivienda o a tu ayuntamiento.

Comunidad Norma Qué dice
Cataluña Decreto 141/2012 (DOGC núm. 6245) Todas las viviendas deben disponer de cédula (art. 9.1). Validez: 25 años la de vivienda nueva; 15 años segunda ocupación y rehabilitación. La otorga la Agencia de la Vivienda de Cataluña (art. 13.1)
Baleares Ley 5/2018 (art. 16) y Decreto 145/1997 La expide el consejo insular y es necesaria para ocupar o alquilar la vivienda. En segunda y siguientes ocupaciones se exige; en vivienda protegida, la calificación definitiva la sustituye en primera ocupación
La Rioja Ley 1/2025 (modifica la Ley 2/2007) En obra nueva, cambio de uso o rehabilitación integral, la cédula se sustituye por la licencia de primera ocupación. Para transmitir o arrendar se exige cédula de habitabilidad o certificación de su vigencia
Asturias Decreto 73/2018 (art. 5.3) En primera ocupación, la licencia municipal de uso sustituye a la cédula. En segunda y posteriores ocupaciones, el Principado sigue emitiendo cédulas
Navarra Ley Foral 10/2010 (art. 34) El Gobierno de Navarra puede establecer las normas técnicas para otorgarla y la competencia es delegable en los ayuntamientos; los detalles están en su normativa de desarrollo

Cuándo se pide

Con los datos de esas normas, los momentos típicos son:

  • Antes de ocupar la casa nueva. En Cataluña, las viviendas de nueva construcción necesitan cédula antes de ocuparse, y la de primera ocupación se solicita tras la comunicación previa de primera ocupación al ayuntamiento, con el certificado final de obra y habitabilidad (arts. 9.2 y 14).
  • Al vender o alquilar. En Cataluña, en las demás viviendas, en el momento de la transmisión entre vivos, el alquiler o la cesión de uso (art. 9.2); el adquirente puede eximir al transmitente en tres casos tasados: vivienda que se va a rehabilitar o derribar, inmueble que no se destinará a vivienda o acuerdo excepcional (art. 10). En Baleares, el contrato o la escritura incorporan copia de la cédula vigente, o dejan constancia de que no existe (art. 16.4). En La Rioja, para transmitir o arrendar.
  • Al contratar suministros. Las empresas de electricidad, agua, gas y telecomunicaciones deben exigirla en Cataluña (art. 11), Baleares (art. 16.3) y La Rioja (art. 6.3 tras la Ley 1/2025).

Segunda ocupación en Cataluña

Se presenta un certificado de habitabilidad firmado por técnico competente (art. 15). En viviendas construidas después de 1984 que nunca tuvieron cédula de primera ocupación se pide además un certificado de idoneidad. La Administración resuelve en 30 días hábiles desde la solicitud completa y, si no contesta, puede entenderse estimada por silencio positivo (art. 16).

Vivienda protegida

En Cataluña, la calificación definitiva sustituye a la cédula de primera ocupación durante 25 años; después, las segundas y posteriores transmisiones requieren cédula (art. 9.3). En Baleares y La Rioja, la calificación definitiva también sustituye a la cédula.

La primera ocupación en otras comunidades

La norma estatal solo contempla la primera ocupación cuando la ley urbanística exige comunicación previa o declaración responsable: si el documento muestra que la edificación no cumple los requisitos para su uso, la administración debe actuar, y si no lo hace en seis meses responde de los daños a terceros de buena fe (art. 11.5 del texto refundido de la Ley de Suelo). Un ejemplo: la Comunidad de Madrid somete a declaración responsable “la primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta” (art. 155 de la Ley 9/2001). Para tramitarla, consulta la ordenanza de tu ayuntamiento y licencia de obras.

Relación con otros documentos

  • La declaración de obra nueva exige las autorizaciones administrativas para que la edificación sea apta para su uso. Pregunta a tu notario qué documento de ocupación necesita en tu comunidad.
  • La certificación energética es un documento distinto, con su propia norma estatal.
  • En Cataluña, el certificado de aptitud de la inspección técnica no acredita la habitabilidad de las viviendas (Decreto 67/2015, art. 2.3). Lo explica ITE e informe de evaluación de edificios.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la cédula de habitabilidad en toda España?+

No. Es una exigencia autonómica. Esta página recoge Cataluña, Baleares, La Rioja, Asturias y Navarra con su norma; en otras, la primera ocupación se acredita, según su ley urbanística, con licencia o declaración responsable. Comprueba la normativa de tu comunidad.

¿Cuánto dura la cédula de habitabilidad?+

Depende de la comunidad. En Cataluña, 25 años la de primera ocupación de vivienda nueva y 15 años la de segunda ocupación y la de primera ocupación de rehabilitación (Decreto 141/2012, art. 9.1). La ley balear no fija plazo; la riojana otorga la licencia de primera ocupación por tiempo indefinido.

¿La necesito para vender o alquilar?+

En Cataluña, la cédula debe existir en el momento de la transmisión entre vivos, el alquiler o la cesión de uso (Decreto 141/2012, art. 9.2). En Baleares, la compraventa o el alquiler deben incorporar copia de la cédula vigente (Ley 5/2018, art. 16.4). En La Rioja se exige para transmitir o arrendar (Ley 1/2025).

¿Qué sustituye a la cédula en una casa de obra nueva?+

En La Rioja y Asturias, la licencia de primera ocupación o de uso. En la Comunidad de Madrid, la declaración responsable de primera ocupación y funcionamiento. En Cataluña no se sustituye: la cédula de primera ocupación se pide tras la comunicación previa al ayuntamiento.

¿Es lo mismo la cédula de habitabilidad que el certificado de final de obra?+

No. El certificado final de obra lo firma la dirección facultativa y acredita que la obra se ha terminado conforme al proyecto. La cédula certifica las condiciones mínimas de habitabilidad de la vivienda y la emite la administración competente de cada comunidad.

Fuentes consultadas

  1. 01Decreto 141/2012 de Cataluña, condiciones mínimas de habitabilidad y cédula de habitabilidad (DOGC núm. 6245, 2-11-2012). Consultado el 26 de octubre de 2026.
  2. 02Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears — BOE núm. 169, 13-7-2018. Consultado el 26 de octubre de 2026.
  3. 03Ley 1/2025, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el acceso a la vivienda (La Rioja) — BOE núm. 64, 14-3-2025. Consultado el 26 de octubre de 2026.
  4. 04Decreto 73/2018 de Asturias, normas de habitabilidad de las viviendas (BOPA núm. 290, 17-12-2018). Consultado el 26 de octubre de 2026.
  5. 05Ley Foral 10/2010, del Derecho a la Vivienda en Navarra (art. 34). Consultado el 26 de octubre de 2026.
  6. 06Real Decreto Legislativo 7/2015, Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (art. 11.5) — BOE. Consultado el 26 de octubre de 2026.
  7. 07Artículo 155 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid (texto vigente) — Iberley. Consultado el 26 de octubre de 2026.
  8. 08Decreto 67/2015 de Cataluña, inspecciones técnicas y libro del edificio de viviendas (DOGC núm. 6866). Consultado el 26 de octubre de 2026.
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Gonzalo Gutiérrez

Editor de Construcción de Casa

Consultor SEO con más de 8 años de experiencia y editor de sitios sobre construcción. Contrasta cada guía con la normativa y las fuentes oficiales que se citan al final de cada artículo.

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